La clase se inició con la exposición por parte del
docente acerca de los fines de la educación en Colombia, contemplados en el
artículo 67 de la constitución política de 1991. Estos fines son importantes,
pues son la carta de navegación de toda política educativa.
FINES DE LA EDUCACIÓN EN COLOMBIA
1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que
le ponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de
formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social,
afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.
2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a
la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia,
solidaridad y equidad., así como en el ejercicio de la tolerancia y de la
libertad.
3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones
que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la
Nación.
4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la
cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.
5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos
más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos, y estéticos,
mediante la apropiación de hábitos intelectuales, adecuados para el desarrollo
del saber.
6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional, y de la
diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y
de su identidad.
7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y
valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la
creación artística en sus diferentes manifestaciones.
8. La creación y el fomento de una conciencia de la soberanía nacional y
para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial
con Latinoamérica y el caribe.
9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que
fortalezca el avance científico, y tecnológico nacional, orientado con
prioridad al mejoramiento cultural, y de la calidad de la vida de la población,
a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y
al progreso social y económico del país.
10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y
mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de
los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura
ecológica y del riesgo y de la defensa del patrimonio cultural de la nación.
11. La formación de la práctica del trabajo, mediante los conocimientos
técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del
desarrollo individual y social.
12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene,
la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación
física, la recreación el deporte y la utilización del tiempo libre, y
13. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear,
investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo
del país y le permita al educando ingresar al sector productivo.
Los
fines número (5, 7, 9 y 13) hacen mención de la importancia políticas de las
políticas de investigación educativa. Las cuales son jerarquizadas de la
siguiente manera:
Durante la case se desarrolló la
exposición sobre la ley 115 de 1994.
LEY 115 DE 1994
La presente ley nace de las necesidades que se vivían en el
momento. Quiso formularse una ley que fortaleciera y unificara la educación
colombiana.
TÍTULO I:
DISPOSICIONES
PRELIMINARES
Objeto de
la ley
La
educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social
que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su
dignidad, de sus derechos y de sus deberes.
La
presente Ley señala las normas generales para regular el Servicio Público de la
Educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses
de las personas, de la familia y de la sociedad.
Se
fundamenta en los principios de la Constitución Política sobre el derecho a la
educación que tiene toda persona, en las libertades de enseñanza, aprendizaje,
investigación y cátedra y en su carácter de servicio público.
COMUNIDAD
EDUCATIVA
La
comunidad educativa está conformada por estudiantes o educandos, educadores,
padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivas
docentes y administradores escolares. Todos ellos, según su competencia,
participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo
Institucional y en la buena marcha del respectivo establecimiento educativo.
FAMILIA
FAMILIA
A la familia como núcleo fundamental de la sociedad
y primer responsable de la educación de los hijos, hasta la mayoría de edad o
hasta cuando ocurra cualquier otra clase o forma de emancipación, le
corresponde:
Matricular a sus hijos en instituciones educativas
que respondan a sus expectativas, para que reciban una educación conforme a los
fines y objetivos establecidos en la Constitución, la ley y el proyecto
educativo institucional;
Ø Participar en las asociaciones de padres de
familia;
Ø Informarse sobre el rendimiento académico y el
comportamiento de sus hijos, y sobre la marcha de la institución educativa, y
en ambos casos, participar en las acciones de mejoramiento;
Ø Buscar y recibir orientación sobre
la educación de los hijos. etc…
TÍTULO
III.
MODALIDADES
DE ATENCIÓN EDUCATIVA A POBLACIONES
CAPÍTULO
I.
Art 46: La educación para personas
con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas, cognoscitivas, emocionales o
con capacidades intelectuales excepcionales, es parte integrante del servicio
público educativo.
Los
establecimientos educativos organizarán directamente o mediante convenio,
acciones pedagógicas y terapéuticas que permitan el proceso de integración
académica y social de dichos educandos.
CAPÍTULO
II.
Art 50: La educación de adultos es
aquella que se ofrece a las personas en edad relativamente mayor a la aceptada
regularmente en la educación por niveles y grados del servicio público
educativo, que deseen suplir y completar su formación, o validar sus estudios.
CAPÍTULO
III.
Esta
educación debe estar ligada al ambiente, al proceso productivo, al proceso
social y cultural, con el debido respeto de sus creencias y tradiciones.
CAPÍTULO
IV.
Artículo
65. Proyectos
institucionales de educación campesina.
Artículo
66. Servicio
social en educación campesina.
Artículo
67. Granjas
integrales.
CAPÍTULO
V.
EDUCACIÓN
PARA LA REHABILITACIÓN SOCIAL
Artículo
68. Objeto y
ámbito de la educación para la rehabilitación social.
Artículo
69. Procesos
pedagógicos.
Artículo
70. Apoyo a
la capacitación de docentes.
Artículo
71. Fomento
de la educación para la rehabilitación social.
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